Requisitos Plan Renhata 2024: ¿tengo derecho a la ayuda?【AVERÍGUALO】

Plan Renhata: ayudas a reformas de vivienda
El Plan Renhata subvenciona las reformas que cumplan ciertos requisitos.

En este artículo te aclaro si cumples los Requisitos del Plan Renhata, para poder pedir las ayudas de tu reforma en la Comunidad Valenciana. Esta linea de ayudas está enfocada en la rehabilitación interior (normalmente cocina y/o baños) de la vivienda habitual.

En este artículo podrás averiguar cuanto son las cuantías de las ayudas del Plan Renhata, basándome como referencia en la última convocatoria publicada. Te aclararé, además, las posibilidades que tienes de acceder de acuerdo a la puntuación obtenida. Ten en cuenta que este artículo no tiene carácter oficial, es tan sólo una aproximación de acuerdo a las opciones que elijas basándome en la experiencia obtenida de años anteriores.

ACLARACIÓN IMPORTANTE: En la fecha de última actualización de este artículo aún no se ha publicado la nueva convocatoria de Ayudas Plan Renhata 2024. Estamos a la espera de novedades, la información está basada en los datos de la última convocatoria del año pasado. Cualquier cambio o novedad se publicará inmediatamente en esta web, permanece atento/a.

Si estás pensando en acogerte a las ayudas, además de cumplir una serie de requisitos y condiciones previas, tendrás que contar con los servicios del Técnico Colaborador (Arquitecto o Arquitecto Técnico) que será quien te debe asesorar y orientar en el proceso para que todo se realice correctamente según el procedimiento establecido por Generalitat.

¿Cumplo los Requisitos del Plan Renhata?

Toma nota de toda la documentación y requisitos para acogerte a las subvenciones Plan Renhata

De forma resumida, los requisitos previos para poder optar a las ayudas son:

  • Ser propietario, inquilino o usufructuario. Sólo personas físicas, no empresas.
  • Estar empadronado (la vivienda tiene que ser 1ª residencia).
  • Que la vivienda tenga más de 20 años. Es decir, anterior al año 2003.
  • No haber pedido la ayuda en años anteriores. O, en caso de haberlo hecho, que el presupuesto de la reforma no haya superado los 12000€, en tal supuesto solamente se podría declarar lo que falte hasta esa cantidad.

No existe ninguna otra condición, ni límites de renta por lo que estas ayudas son accesibles a toda persona que quiera reformar su casa. A continuación te desarrollo un poco más estos criterios:

Requisito 1: Vivienda Habitual

Estas ayudas son sólo para reformas o mejoras en la vivienda habitual del solicitante (no están pensadas para segundas residencias), y solamente puede ser una persona física (no una sociedad).

Por este motivo la persona que opte a la ayuda tendrá que estar empadronada. Eso sí, por suerte, no se exige tiempo mínimo de empadronamiento, por lo que si tu idea es pedir el Plan Renhata, tendrás tiempo de hacer los trámites necesarios en tu Ayuntamiento. Mucho ojo con los plazos ya que con las medidas sanitarias actuales la administración es algo más lenta y deberás probablemente solicitar cita previa,

Que no te pille el toro: debes estar empadronado con anterioridad a la fecha de solicitud de ayudas.

Requisito 2: Viviendas con, al menos, 20 años de antigüedad (salvo personas discapacitadas o mayores)

Busca tu vivienda en Catastro y sabrás la superficie y año de construcción

La vivienda debe tener una antigüedad superior a los 20 años, es decir, anteriores al año 2003. Estas ayudas están pensadas para reformar viviendas que necesiten de algunos arreglos por su antigüedad.

OJO: Este límite no se aplica a reformas en mejoras de accesibilidad para personas discapacitadas o mayores de 70 años.

Si no sabes la antigüedad de tu vivienda es muy fácil saberlo haciendo una consulta en la web del catastro. Pincha en la imagen y accederás directamente:

¿Y qué pasa si mi vivienda es justo del año 2003?

El criterio es siempre que la antigüedad sea de, al menos, 20 años respecto de la fecha de solicitud de ayudas. Por ello, tendrás que conseguir copia de la Licencia de 1ª Ocupación (puedes acudir a tu ayuntamiento) donde saldrá la fecha de construcción exacta. Si la fecha obtenida cumple con el requisito de antigüedad podrás presentarte.

Eso sí, tocará pelear un poco con la administración para que nos lo admitan ya que requiere justificación. Desde mi experiencia, salvo que sea estrictamente necesario, casi mejor esperar a futuras convocatorias donde no haya ningún género de dudas.

Requisito 3: Propietario, Inquilino o Usufructuario

Las personas solicitantes deben ser Propietarios, Inquilinos o Usufructuarios de la vivienda para la que se pide la ayuda. En el caso de inquilinos o usufructuarios deben contar con autorización del propietario para poder hacer la reforma. En el caso de personas que no tengan capacidad legal para solicitar las ayudas, el solicitante podrá ser su representante o tutor legal. Para optar a la ayuda debes tener alguna vinculación legal con la vivienda. Es decir, tan sólo puedes pedir la ayuda si eres:

Propietario: Cualquiera de los titulares de la vivienda puede ser el solicitante de ayudas. Eso sí, si hay varios copropietarios, solamente uno de ellos puede hacer la solicitud y deberá, además, contar con la aprobación de los demás.

Inquilino: Si estás de alquiler también puedes solicitar la ayuda a tu nombre. Aunque, como puedes suponer, necesitarás contar con la aprobación de la propiedad de la vivienda. Las reformas o mejoras de la vivienda las harás a tu nombre directamente, incluso los pagos. Esta opción es algo arriesgada así que se debe realizar solamente si existe buena relación y confianza entre ambas partes.

Esta opción también puede resultar interesante en el caso de que el propietario resulte ser una empresa. Dado que la solicitud solamente la pueden realizar personas físicas.

Usufructuario: Las personas que tengan un derecho de usufructo sobre la vivienda también pueden optar a la ayuda. En estos caso también, por supuesto, tendrán que contar con la autorización de la propiedad.

¿Más requisitos?

¿Creías que había más condiciones? Siento decepcionarte. Los requisitos mencionados son sólo estos, si los cumples TIENES DERECHO A SOLICITAR LA SUBVENCIÓN DEL PLAN RENHATA.

Mucha gente me pregunta si se requieren otros requisitos, como justificar ingresos, etc… Por suerte, en este tipo de ayudas esto no se considera así que pueden optar a las ayudas indistintamente personas con diferentes capacidades económicas. Se trata de mejorar las viviendas donde residen las personas, indistintamente de su condición.

Otras cosas a tener en cuenta durante la fase de reforma

Como solicitante debes encargarte personalmente de coordinar todo el proceso de la reforma. Te daré unas recomendaciones para cumplir las condiciones que te pueden evitar futuros problemas:

  1. Contrata a una empresa o profesional de las reformas que esté dada de alta, con disponibilidad de facturar con IVA. Esto parece una obviedad pero, creeme, no siempre se respeta este principio básico.
  2. Debes solicitar permiso de obras en tu Ayuntamiento para las actuaciones para las que pidas la ayuda. Si quieres saber más sobre el tipo de obras que son objeto de subvención, pásate por mi página principal del Plan Renhata donde te explico todo con más detalle.
  3. Los pagos a empresas de reforma y la compra de materiales deben realizarse siempre por banco, transferencias, tarjeta, financiación,… (nunca pagues en efectivo).
  4. Si piensas solicitar ayudas para la rehabilitación con la reforma terminada, recuerda que tiene que estar todo hecho y las facturas pagadas antes de que termine el plazo de solicitudes.
  5. También puedes pedir las ayudas sin tener la reforma empezada o con las obras sin terminar. En tal caso asegúrate de tener un presupuesto detallado que habrá que aportar en la solicitud.
  6. Todo gasto que se incluya en la solicitud de ayudas deberá estar debidamente justificado aportando al final del proceso las correspondientes facturas con IVA y justificantes de pago por el banco (no se admitirán pagos en efectivo).
  7. Los presupuestos aportados en la solicitud de ayuda deberán ser creíbles y lógicos, no superando en ningún caso los precios de construcción media establecidos por el IVE (nosotros los técnicos nos encargamos de comprobar esto, no te preocupes). No cumplir con esta premisa puede implicar reducciones de las cuantías de la ayuda final a percibir por lo que todo será revisado antes de ser presentado a la administración.
  8. El diseño, materialidad y calidades de las reformas es libre, siendo la única condición el cumplimiento de las normativas de habitabilidad exigibles. El técnico colaborador deberá revisar que todo se haya realizado correctamente o, si se da el caso, dar las instrucciones para subsanar posibles defectos.

Cumplo con todos los requisitos ¿y ahora qué hago?

¿Cumples con todos los requisitos? Genial, puedes empezar con el proceso y contactar con un Técnico Colaborador.

Pero antes de eso ¿te gustaría saber las cuantías y las posibilidades que tienes de que te den la ayuda? No hay problema, para eso está mi calculadora online, sólo haz click en la imagen:

Cuanto dan de ayuda
Haz click para averiguarlo

Ahora sí, espero que lo tengas todo claro, si aún no has empezado con el proceso contacta ya con tu Técnico Colaborador.


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