Certificado de INEXISTENCIA DE INFRACCIÓN Urbanística ▷ ¡Mejor asegúrate y duerme tranquilo!

El Certificado de Inexistencia de Infracción Urbanística es un documento que cualquier persona interesada puede obtener en el Ayuntamiento.

Se trata de tener la certeza, por escrito, de que una determinada construcción no tiene abierto ningún expediente sancionador y demostrar así que las posibles infracciones cometidas (construir sin licencia por ejemplo) han prescrito y ya no nos pueden sancionar. Para que puedas dormir tranquil@ 😉

Infraccion urbanistica posible demolicion
Asegúrate de que no existe Infracción Urbanística. Una construcción ilegal puede conllevar una demolición total o parcial

¿Cuándo se necesita un Certificado de Inexistencia de Infración Urbanística?

En la mayoría de ocasiones este documento se requiere por la parte compradora de una propiedad (ya sea el propio interesado, un agente inmobiliario, asesor o abogado). se trata de obtener una garantía legal de que la construcción no tiene una carga inesperada que pueda dar una sorpresa a los nuevos propietarios.

Por desgracia, si no se es prudente, podemos encontrar que la flamante nueva vivienda que hemos comprado (que nos ha salido a precio chollo), tiene una incompatibilidad con el Plan General y está expedientada por obras ilegales pendientes de demolición. MENUDO SORPRESÓN ¿EH?

O bien que queremos solicitar los suministros de luz y agua y nos encontramos que no es posible obtener la Licencia de Ocupación.

¿Es obligatorio pedir el Certificado de no infracción?

A pesar de lo útil que pueda resultar tener este documento para facilitar una compraventa, lo cierto es que LA LEY NO OBLIGA a obtenerlo, esto simplemente es un derecho que tienen las personas para solicitarlo, y la administración debe facilitarlo. Ni siquiera los Notarios lo requieren por lo que es muy habitual encontrar escrituras de compraventa en las que no se hace mención a ello.

Tan sólo en aquellos casos en los que se deba tramitar una Declaración de Obra Nueva (es decir, registrar nuevas construcciones), el Registrador de la Propiedad sí que nos lo pueden requerir de forma obligatoria.

Si compramos una vivienda y hay expediente de Infracción ¿qué me puede pasar?

Si no has tenido la precaución de asegurarte y, una vez comprado, te encuentras con un expediente abierto con infracciones no prescritas pueden darse dos situaciones:

  1. Que el expediente sancionador sea sólo económico, en tal caso esa multa irá directamente a la persona que era propietaria en el momento de producirse, esto no se traspasa al nuevo propietario ya que es una carga inherente a las personas (físicas o jurídicas).
  2. Que el expediente lleve asociado una Solicitud de Restitución de la Legalidad Urbanística. Es decir, que sea obligatorio eliminar o modificar (total o parcialmente) la construcción ilegal. Lógicamente en este caso el damnificado es el actual propietario ya que la carga es sobre la vivienda y será quien deba costear la reforma necesaria.

¿Cómo se tramita? ¿Quién lo hace? ¿Cuánto tardan en contestar?

Cada Ayuntamiento tiene sus propio impresos y procedimiento de solicitud

El Certificado de No infracción se tramita en los Ayuntamientos, normalmente vía telemática, aunque cada uno de ellos tiene su propio procedimiento y plazos de respuesta.

También puedes dirigirte personalmente a la Oficina de Atención Ciudadana de tu Ayuntamiento, si eres persona física lo podrás tramitar en papel.

¿Quién lo puede tramitar?

La persona que lo debe solicitar normalmente es el Propietario o bien un Representante. Por ello, si eres una persona interesada en comprar pero aún no has escriturado deberás reclamarlo al propietario o, en su defecto, conseguir que te autorice para que lo hagas tú en su nombre. No obstante, lo normal es que te faciliten las cosas dado su interés en vender. Si te empiezan a poner pegas…¡SOSPECHA!

¿Qué documentos necesito?

Aunque el proceso puede variar según dónde te encuentres, normalmente lo que vas a necesitar aportar para este trámite es:

  • Formulario cumplimentado y firmado o escrito de solicitud del Certificado de Inexistencia de Infracción Urbanística. Normalmente te lo podrás descargar por internet en la web oficial de tu Ayuntamiento. También puede denominarse «Certificado de No existencia de Expedientes de Infracciones Urbanísticas» o «Certificado de Infracción Urbanística» o «Solicitud de Certificado de No Expediente de Infracción y Fuera de Ordenación»
  • Identificación del solicitante (DNI, NIE,…) o del representante.
  • Escritura o documentación que acredite la propiedad.
  • Plano de situación, en el que se indicarán los datos básicos para localizar la construcción objeto de la solicitud. Esto a veces lo piden y otras no.
  • Justificante del pago de tasas, esto SIEMPRE lo piden :-). Las tasas varían según la ordenanza fiscal de cada población, esto lo deberñas consultar.

¿Y cuánto tardan en respondernos?

El certificado es un documento que nos tienen que preparar y firmar los técnicos y responsables del Ayuntamiento. Como la mayoría de procedimiento administrativos, si plazo de obtención es incierto, desde este artículo tan sólo me atrevo a decirte que puedes esperar desde unas 2-3 semanas, hasta 3 meses en el peor de los casos. Así te recomiendo que no te esperes y lo pidas con bastante antelación a la fecha de la compraventa.

Aunque si te ha pillado el toro y tienes mucha prisa, siempre puedes hablar con el técnico encargado de tu ayuntamiento, en ocasiones se pueden acelerar los procedimientos si existe una causa justificada.


¿Quieres que CERTIVALI te lo gestione?

¿No tienes tiempo, no quieres liarte o resides fuera? Yo, como Arquitecto, te lo puedo tramitar. Si estás interesado en un inmueble para comprar en las provincias de Alicante o Valencia puedes contactar conmigo. Coméntame qué necesitas y te facilito un presupuesto.

¿Necesitas presupuesto para un CERTIFICADO ENERGÉTICO?

Scroll al inicio
Usamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios, realizar estadísticas y mostrar publicidad personalizada. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso.    Ver Política de cookies
Privacidad