Más control sobre el Certificado Energético: Convenio ivace-registradores

Se incrementa el control en el cumplimiento de la ley del Certificado Energético. Acuerdo del IVACE con Registradores de la propiedad ¿Llegan las multas?

convenio ivace-registradores propiedadEl IVACE (organismo de control del cumplimiento del R.D. 235/2013 Certificación de Eficiencia Energética en la Comunitat Valenciana) ha llegado en Noviembre de 2016 a un convenio con el Decanato del Colegio de Registradores de la Propiedad. A partir de ahora los Registradores facilitarán información acerca de la existencia o no del Certificado Energético así como del correspondiente registro obligatorio, en los inmuebles puestos en alquiler o en venta dentro del territorio.

Este es el enlace a la nota de Prensa publicada en el web de la GVA el pasado 18-11-2016.

Para corroborar esta noticia, me he puesto personalmente en contacto con el IVACE y esta ha sido la respuesta:

El objetivo del acuerdo con los Registradores de la Propiedad es el de llevar un control de la obligación de aportar el certificado de eficiencia energética, debidamente registrado, en las operaciones de compra-venta que se realizan en nuestra Comunidad Autónoma.

Por otra parte, IVACE tiene la intención de desarrolar, en 2017, el plan de inspección con un número considerable de certificados de eficiencia energética a inspeccionar, con el objetivo de detectar y sancionar las infracciones que se estén cometiendo, por parte de técnicos, propietarios y portales inmobiliarios.

Más información, más control del certificado energético

Inspecciones Certificado Eenrgetico
Mejorará la labor de inspeccion del Certificado Energético

Como consecuencia a este importante acuerdo se va a dotar de una poderosa herramienta para los Técnicos de Control del IVACE que facilitará enormemente su labor inspeccionadora y, por consiguiente, se podrán abrir nuevos expedientes de sanción a aquellos que no cumplan con la normativa que, cabe recordar, afecta a todos los propietarios que pretendan vender o alquilar su propiedad.

Está previsto que la información se facilite en soporte informático, de forma regular, de este modo todo el proceso se realizará más agilmente. Esto sin duda mejorará sensiblemente la respuesta de la administración optimizando los procesos de archivo, comunicación y acceso a la misma.

Las sanciones más cerca

Las sanciones acerca del Incumplimiento de la normativa vienen reflejadas en la Ley 8/2013, de 26 de Junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, concretamente en la «Disposición adicional cuarta. Sanciones en materia de certificación energética de edificios y graduación.»

Se pone cerco, pues, a los incumplidores, lo que parece ser un movimiento estratégico para permitir la llegada de los temidos procesos sancionadores. Parece ser que los 3 años transcurridos hasta el momento del convenio no han sido más que una «moratoria» extraoficial. Los consumidores están de enhorabuena, parece ser que poco a poco se van a endurecer los controles administrativos lo que se traducirá en más Certificados Energéticos a disposición de los interesados para poder comparar justo en el momento de buscar casa, local…

¿Aún te la juegas por ahorrarte lo que cuesta un certificado? Sinceramente, no vale la pena el riesgo.

Aprovecho este post para recordaros que todo este tema del Certificado Energético emana de una normativa de la Comunidad Europea que, poco a poco, los países van adoptando. En España es obligatorio para obra nueva ejecutada a partir del 2007, sin embargo, en 2013 se extendió esta obligación también a los edificios existentes. Se trata de dar a los consumidores (compradores o interesados en alquilar) la mayor información posible acerca de la Eficiencia Energética de los inmuebles, para que estos puedan comparar y además servirá de apoyo para poder reducir en el futuro la dependencia de la energía en nuestras viviendas recomendando las mejoras posibles a realizar.

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